1. INTRODUCCIÓN
El propósito de este Reglamento es el de adecuar los principios generales establecidos en el sistema educativo a la realidad de nuestra Escuela, para constituir así unas directrices de actuación. Pretende ser un documento donde se recojan los principios de organización en los que se sustenta la Escuela de Música Círculo Católico de Torrent.
El presente documento se pone a disposición de todo aquel miembro de la comunidad educativa que lo desee. Entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación en Junta y deberá ser revisado al inicio de cada curso escolar.
2. NORMATIVA LEGAL
Este documento se elabora a partir de los principios recogidos en el Decreto 39/2008 de 4 de abril, del Consell, sobre la convivencia en los centros docentes y sobre los derechos y deberes del alumnado, padres, madres, tutores o tutoras, profesorado y personal de administración y servicios y la Ley 15/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Autoridad del Profesorado.
3. PRINCIPIOS GENERALES DE LA ESCUELA
- La educación musical en nuestra Escuela, ha de ir unida a la adquisición, por parte de los alumnos, de hábitos y habilidades, así como también, al crecimiento y descubrimiento de determinados valores.
- Para el Círculo Católico de Torrent, la principal razón de ser de su Escuela de Música no es, ni mucho menos, formar académicamente a personas que pretenden hacer de la Música su principal actividad profesional, sino iniciar y apoyar el aprendizaje musical de los alumnos, sabiendo el bien que para ellos se derivará de las habilidades, actitudes y valores que con toda seguridad descubrirán y adquirirán con ocasión del aprendizaje y la práctica musical.
- Se impulsará desde la Escuela una formación personalizada que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores de nuestro alumnado.
- Se prestará especial atención a la igualdad entre el alumnado.
- Se respetarán igualmente las particularidades de todos los alumnos y alumnas, sin ejercer ningún tipo de discriminación por cuestiones culturales, ideológicas, religiosas, etc. siempre y cuando éstas se manifiesten dentro del respeto a los principios democráticos de nuestra sociedad que aparecen en la Constitución.
- Se fomentarán los hábitos de comportamiento democrático, el respeto y la tolerancia, al igual que el clima de tolerancia, participación y pluralismo ha de presidir la actividad en la Escuela y en el quehacer docente. Esta relación involucrará a todos los miembros de la comunidad educativa.
- Se impulsará la actividad pedagógica en la Escuela para desarrollar las capacidades creativas y el espíritu crítico del alumnado.
- Se canalizará la participación y colaboración de los padres a través de la figura del tutor o tutora.
- Las instalaciones de la Escuela estarán abiertas a aquellas actividades que complementen o enriquezcan el proyecto educativo, siempre que no interfieran en el desarrollo normal de las actividades docentes del Centro.
- Las lenguas empleadas en la Escuela son las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana: castellano y valenciano. Asimismo, los carteles, avisos, programaciones, etc. podrán estar escritos indistintamente en una u otra lengua.
4. ESTUDIAR EN LA ESCUELA DE MÚSICA CÍRCULO CATÓLICO DE TORRENT
4.1. Matriculaciones.
Existen 2 periodos de matriculación que se llevarán a cabo de la siguiente manera:
- 1º de mayo a julio
- 2º a partir de septiembre
Todo ello, se notificará con antelación a través de nuestros canales informativos habituales. De esta manera, se nos permitirá la planificación del nuevo curso, listas, turnos, horarios, etc., para que el comienzo de curso se haga con toda normalidad. Además, servirá para establecer una prioridad en la elección de horarios de las materias colectivas que se imparten en el centro.
Para poder acceder a la matrícula, el alumno/a deberá estar al corriente del pago de las mensualidades.
El curso escolar será de nueve meses desde octubre a junio, ambos incluidos. Con el fin de facilitar a los alumnos y padres de alumnos el pago de este curso, se fracciona el pago por mensualidades. La baja de la Escuela comporta las siguientes modificaciones: el alumno perderá su condición de antiguo alumno, perdiendo la bonificación de la misma, además, perderá la preferencia en la elección de turno.
Se establece un orden de preferencia para cubrir las plazas existentes en la Escuela. Este orden viene dado por: disponibilidad del profesorado de instrumento, antigüedad del alumnado y rendimiento actitudinal/académico.
Los cambios que se realicen a lo largo del curso de dirección, correo electrónico, o cualquier otro dato personal, tendrán que ser comunicados cuando antes en la secretaría de la Escuela para su modificación, con el fin de que exista un correcto funcionamiento.
- Principios básicos en la matriculación.
- La matriculación en la Escuela se realizará por el periodo de un curso académico (de octubre a junio, ambos incluidos).
- El importe de la matrícula deberá pagarse a través de los métodos indicados..
- El importe de la matrícula no será devuelto una vez matriculado el alumno.
- No es posible matricularse sólo en instrumento si no se está cursando Lenguaje Musical (ya sea en la Escuela o en Conservatorio, etc.) o haber acabado/aprobado los cursos correspondientes. A excepción de las clases de batería, conjunto de guitarras y canto, en las que se permite la matriculación a los alumnos que estén interesados, sea cual sea su nivel de estudios, edad, formación, etc.
- Para los alumnos que se incorporen a la Escuela una vez comenzado el curso, la matrícula se hará con la suficiente antelación y el alumno comenzará a recibir clases a principio de mes. Igualmente, si un alumno quiere comenzar con Instrumento deberá empezar a principio de mes, nunca una vez empezado el mes.
- Cuando un alumno se da de baja, ésta será efectiva para el mes siguiente a la fecha de entrega de la baja.
- Para cualquier modificación referida a baja de instrumento o de la Escuela, incorporación a las clases de instrumento, modificación de datos, se deberá comunicar en secretaría.
- Durante el último trimestre del curso, se publicarán los horarios provisionales del siguiente. Y el calendario escolar, se publicará al inicio del curso y estará sujeto al calendario lectivo en Torrent.
- El alumno tiene que estar al corriente del pago de las mensualidades, en caso contrario, y si transcurren dos meses con recibos impagados o devueltos, el alumno causará automáticamente baja de la Escuela.
- Los gastos de la devolución de algún recibo por causas ajenas a la Escuela, correrán a cargo del alumno.
- Las familias que tengan al menos tres hijos inscritos en la Escuela tendrán una reducción de un 25% en la mensualidad (pero no están exentos de la matrícula).
- Ningún alumno podrá empezar a recibir clases sin antes haber formalizado la matrícula y ésta haber sido aceptada por Dirección.
- Los descuentos no serán acumulables.
4.2. Evaluación.
- El alumno o alumna aprobará el curso y pasará al curso siguiente si tiene aprobados todos los apartados y contenidos de la asignatura, siempre y cuando el profesor lo considere oportuno.
- Los alumnos o alumnas que no hayan superado todos los contenidos anteriormente mencionados podrán repetir el curso tantas veces como sea necesario. Como medida extraordinaria, se realizarán recuperaciones a final de curso.
4.3. Continuar estudiando.
- La Escuela de Música Círculo Católico de Torrent abarca los estudios de las Enseñanzas Elementales conforme a lo establecido en la LOE y más concretamente en el decreto 159/2007 del 21 de septiembre. El nivel de las enseñanzas instrumentales se extiende a cursos superiores.
- La Escuela informará y alentará a sus alumnos a continuar con sus estudios musicales en Conservatorios, además de poder formar parte de las distintas agrupaciones que forman parte de la Sociedad del Círculo Católico.
- Al finalizar el nivel básico de estudios, la Escuela realizará un simulacro de examen para aquellos alumnos que decidan presentarse a las pruebas de acceso a las Enseñanzas Profesionales.
- También informará a los padres de todas las actividades formativas que pueden seguir realizando en la Escuela para complementar su formación: taller de lectura, etapas de perfeccionamiento instrumental, informática musical, etc.
5. ASPECTOS GENERALES EN LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL CENTRO
5.1. Utilización de las instalaciones comunes.
La Escuela es un espacio que está a disposición de la comunidad educativa y es responsabilidad de todos sus miembros la conservación y cuidado de las instalaciones y del material, manteniendo un clima de trabajo agradable y respetando a todos aquellos que hacen uso, día a día, de estas instalaciones. Por todo esto se ruega la colaboración de toda la comunidad educativa para el mantenimiento de las instalaciones en perfectas condiciones.
Todo aquel gasto evitable en este sentido revertirá sobre mejoras en las instalaciones, material educativo y escolar que mejore las condiciones de trabajo en todos los sentidos.
La Escuela comparte instalaciones con otros grupos pertenecientes a la Sociedad del Círculo Católico de Torrent, por lo que el clima de respeto a los demás y al trabajo de estos debe estar presente en todo momento.
En consecuencia, todos los miembros de la comunidad educativa están obligados a velar por el cumplimiento de las siguientes normas:
Acceso y salida del Centro.
El centro permanecerá abierto de lunes a viernes de 15:00 a 21:00, además los miércoles de 12:00 a 14:00 y los sábados de 10:00 a 14:00 horas. Debido a la especificidad de los horarios, los alumnos entrarán y saldrán del Centro cuando comiencen o acaben las clases. Los padres y madres del alumnado menor de edad se responsabilizarán de llevar y recoger a los alumnos en la puerta de la Escuela.
Los padres y madres del alumnado tendrán la obligación de avisar al tutor o al Centro si el alumno/a va a faltar a clase.
Los padres y madres no interrumpirán ninguna clase, a no ser que el tutor los haya citado.
Los canales de información de la ausencia del profesorado al alumnado serán los siguientes:
- En las clases individuales, el profesorado informará de la ausencia a los alumnos afectados. En caso de que hubiera algún sustituto para este tutor, éste informará del cambio al alumnado previamente a la clase en cuestión.
- En las clases colectivas, se informará mediante correo electrónico y/o carteles en la puerta del aula de la falta de asistencia del profesor y el motivo.
Por tanto, sería conveniente que los padres y madres de los alumnos se cercioraran de estas posibles ausencias para evitar que los niños y niñas estuvieran desatendidos durante este tiempo de clase.
La limpieza de las dependencias comunes
Según el Decreto 192/1988 está prohibido fumar en los Centros docentes. Además, por razones de higiene y limpieza está prohibido comer en las aulas, pasillos y escaleras, así como tirar papeles y desperdicios: éstas serán depositadas en las papeleras habilitadas a tal efecto.
El cuidado del aula
No se debe comer (incluyendo chicles y otras chucherías) ni beber (excepto agua) en las aulas, ni por los pasillos. En general se ha de velar para que el alumnado adquiera hábitos de limpieza. Hay que utilizar las papeleras. Se evitará que el alumnado pinte o ensucie las sillas, las mesas, las paredes, etc.
Los servicios.
Para la salud de todos y para ofrecer un servicio adecuado, los váteres se mantendrán limpios y sin desperfectos. Haced uso de ellos en casos y tiempo necesarios, no convirtiéndose en lugar de reunión.
Los pasillos
Durante el periodo lectivo se procurará mantener el silencio y el orden adecuado. Está prohibido en todo momento correr y gritar por los pasillos y escaleras. La estancia de los alumnos en las zonas de descanso se llevará a cabo en silencio.
Secretaría
Está situada en el primer piso del Centro. En este lugar se llevarán a cabo todas las acciones relacionadas con temas administrativos. Se rige por un horario establecido que se informa al inicio del curso.
Zona de conserjería
No está permitida la entrada a la zona de conserjería. Los alumnos no podrán entrar bajo ningún concepto a esta zona. Los profesores podrán entrar si son autorizados por el Conserje y para determinadas acciones y por un periodo limitado de tiempo.
Ningún profesor podrá coger llaves de las aulas sin el consentimiento del Conserje, que es el que dispondrá dependiendo de la disponibilidad que exista en ese momento.
Aulas para estudiar
Los alumnos podrán estudiar en el aula habilitada para tal fin, y podrá disponer de otras aulas, siempre que se reserven con antelación y quede reflejado en el archivo correspondiente. Por otro lado, los profesores, siempre, han de avisar a algún miembro del equipo directivo sobre cualquier modificación del horario, cambio de clase, recuperaciones, etc.
Señalización de seguridad.
Resulta imprescindible velar por el mantenimiento de los extintores y de la señalización de seguridad en perfectas condiciones de efectividad. A tal efecto se ruega respeto por estos aparatos necesarios en caso de accidente.
Comunicación de los desperfectos.
Los desperfectos producidos por el uso académico normal serán comunicados inmediatamente por el profesorado a la Conserjería para su reparación lo antes posible.
5.2. Utilización de la fotocopiadora.
El profesorado podrá solicitar fotocopias para ser utilizadas en clase como recurso didáctico. Esta solicitud se le realizará al Conserje con antelación para no colapsar dicha fotocopiadora.
No se podrán hacer fotocopias para uso personal del profesorado o para los alumnos.
5.3. Protocolo de actuación ante enfermedad o accidente escolar.
Todo ello queda reflejado en el plan de emergencia.
Para todas las circunstancias:
- Atender al alumnado inmediatamente.
- Informarse de la naturaleza de la incidencia: enfermedad o accidente.
- Ponerlo en conocimiento de los padres.
- No administrar ningún medicamento. En caso de enfermedad:
- Atender al alumnado inmediatamente.
- Avisar a los padres para que recojan al niño o niña lo antes posible.
- Si se considera que la enfermedad es grave, avisar al 112.
Ninguna persona de la Escuela suministrará medicamentos a los alumnos/as. En el caso de que durante el horario escolar sea necesario que algún alumno lleve algún tratamiento médico o tome alguna medicina, serán los padres/madres los encargados de acudir al Centro a realizar el mismo, acordando con el profesor la forma de llevarlo a cabo para la menor interrupción de las clases.
5.4. Utilización de los canales de información.
La Escuela mantendrá informados a sus alumnos mediante los diferentes canales informativos. Es por ello que las direcciones de correo en los datos personales del alumnado deben ser correcta y estar actualizada.
Además, la Escuela dispone de una página web donde se podrá consultar las noticias referentes a todos los grupos que integran.
La dirección es: www.escuelamusicacctorrent.com
Así como también el uso de RR.SS. y el monitor de tv que se utilizará como panel informativo de todo lo acontecido durante la semana.
No está permitida la utilización por parte de los alumnos de teléfonos móviles, tablets, aparatos de sonido y/o electrónicos ajenos al proceso de enseñanza-aprendizaje, siempre que el profesor no dé el permiso correspondiente,
El profesorado tratará de conciliar en el proceso de enseñanza el uso de las nuevas tecnologías que estén a su alcance.
5.5. Canalización de sugerencias.
Cualquier sugerencia, observación, queja o indicación por parte de los padres de los alumnos podrá llevarse a cabo mediante e-mail: info@emcct.com, presentando un escrito en Secretaría o mediante entrevista con la persona interesada.
5.6. Protección de la imagen.
Será obligatoria la autorización o no por parte del padre/madre/tutor de la utilización de la imagen del alumnado para documentos informáticos y didácticos del Centro y Sociedad, etc.
Esta autorización se indicará durante el proceso de matriculación. Esta autorización tendrá vigencia durante un curso escolar..
6. INSTRUMENTAL
- La Escuela procurará ofrecer a su alumnado los instrumentos musicales necesarios para su formación académica en los primeros niveles de aprendizaje.
- El préstamo de estos instrumentos implica la cumplimentación de un contrato en el que las dos partes firmarán las condiciones para dicho servicio. Hasta que el contrato no sea debidamente cumplimentado y firmado por las dos partes no se podrá utilizar el instrumento.
- Según lo estipulado en el contrato de préstamo de instrumentos, la persona que quede a cargo del instrumento prestado deberá cuidarlo y mantenerlo en buenas condiciones.
- En el caso de que un alumno esté utilizando un instrumento prestado por la Escuela y su rendimiento académico y/o actitudinal no sea el adecuado, la Dirección del Centro, a petición del profesor, se reserva el derecho de retirar al alumno dicho instrumento. Si aun así quisiera seguir recibiendo clases, sería el alumno el que debería aportar un instrumento propio adecuado.
- Para cualquier asunto relacionado con el instrumental o información al respecto, el interesado/a deberá ponerse en contacto con la persona encargada, ya sea mediante el profesor, padre, madre, tutor o el propio alumno si es mayor de edad.
7. ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS
7.1. Audiciones.
Las audiciones nos sirven para poner en práctica una serie de contenidos curriculares como son el aprender a tocar en grupo, controlar el miedo escénico, desarrollar el disfrute de la audición musical ofrecida por otras personas, etc.
Normas de organización:
- Será recomendable para todo el alumnado participar en las audiciones.
- Se dedicarán unos días específicos para estas audiciones, que serán notificadas con antelación.
- La dirección del Centro autorizará la suspensión de las clases lectivas cuando las audiciones o actividades sean consideradas de interés general para la comunidad educativa.
- Se intentará que las audiciones se realicen fuera del horario lectivo.
- Los ensayos se realizarán en el horario individual de cada alumno pudiendo el profesor agrupar a sus alumnos para realizar dichos ensayos. No se suspenderá ninguna clase para realizar ensayos. Los ensayos que se realicen fuera del horario del profesor estarán sujetos a la disponibilidad del Centro para ofertar aulas y deberán ser comunicados en Conserjería con la suficiente antelación.
- Cuando para la realización de las audiciones el profesor necesite algún tipo de material complementario lo pedirá con la suficiente antelación y será el encargado de velar por su cuidado.
- Es obligación del profesorado presentar a Dirección el programa de la audición correspondiente a sus alumnos, con nombres de dichos alumnos y de las obras que interpretarán, todo ello al menos quince días antes de la fecha de las audiciones.
- Cuando una audición se anule por cualquier motivo, se comunicará a la persona encargada de la Escuela con la mayor brevedad posible para poder reestructurar cuanto antes las actividades académicas.
- Cuando las audiciones sean fuera de la Escuela, el profesor velará por la seguridad y el comportamiento de sus alumnos. Igualmente será el encargado de preparar cualquier material que necesite para dichas actuaciones.
7.2. Agrupaciones instrumentales.
- Es el profesor de instrumento el que decide el ingreso de los alumnos en estas formaciones.
- La asistencia a los ensayos de ambas agrupaciones es obligatorio, debiendo justificar debidamente las faltas de asistencia.
- Es labor de todos los integrantes el conseguir un clima de trabajo en el que predomine el silencio, el compañerismo y el respeto.
7.3. Actividades extraescolares.
Podrán realizarse a lo largo del curso otras actividades relacionadas con la Escuela, aunque no académicas. Estas actividades están pensadas para el disfrute de toda la comunidad educativa. Es por eso que se intentará que no interfieran las clases y que se hagan en un horario que no perturbe el normal funcionamiento de la Escuela.
8. DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO
8.1. Derechos del alumnado.
La principal tarea de la Escuela es proporcionar al alumnado una formación que les permita el conocimiento del mundo y les transmita los valores que hacen posible la vida en una sociedad basada en el respeto a los derechos y libertades fundamentales, así como la adquisición de hábitos musicales, de convivencia democrática y el respeto mutuo. Una formación musical y personal con el fin de alcanzar el nivel de las Enseñanzas Elementales y preparar al alumnado para continuar con sus estudios musicales en las Enseñanzas Profesionales.
Derecho a una formación integral.
- Todos los alumnos tienen derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.
- Para que este derecho sea efectivo, la educación de los alumnos incluirá:
- La consecución de hábitos intelectuales y sociales, estrategias de trabajo, así como de los necesarios conocimientos musicales.
- La formación integral de la persona y el conocimiento de su entorno social y cultural inmediato, y en especial, del lenguaje musical.
- La formación en la igualdad entre hombres y mujeres.
- La formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de la sociedad actual.
- La formación por la paz, la cooperación y la solidaridad.
- La educación emocional que les permita afrontar adecuadamente las relaciones interpersonales.
- La educación que asegure la protección de la salud y el desarrollo de las capacidades físicas y psíquicas.
- La adecuada organización del trabajo dentro de la jornada escolar ajustada a la edad del alumnado, a fin de permitir el pleno desarrollo de su personalidad y de sus capacidades intelectuales.
- La formación en el esfuerzo y el mérito.
- Todos los alumnos tienen derecho a que sus padres, madres o tutores velen por su formación integral, colaborando con la comunidad educativa, especialmente en el cumplimiento de sus normas de convivencia y de las medidas establecidas para favorecer el esfuerzo y el estudio.
Derecho a la objetividad en la evaluación.
Los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar sean valorados y reconocidos con objetividad.
Además, tendrán derecho a ser informados trimestralmente de la evolución de sus estudios mediante boletín académico.
Estos derechos podrán ser exigidos, en el caso del alumnado menor de edad, por sus padres, madres o tutores.
Derecho al respeto de sus propias convicciones.
El respeto a las propias convicciones del alumnado comprende el respeto a su libertad de consciencia y a sus convicciones religiosas, éticas, morales e ideológicas propias de nuestro sistema democrático.
Derecho a la integridad y a la dignidad personal.
El derecho a la integridad y a la dignidad personal implica:
- El respeto a su identidad, intimidad y dignidad personales.
- El respeto a su integridad física, psicológica y moral.
- La protección contra toda agresión física, sexual, psicológica, emocional o moral, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes.
- El desarrollo de su actividad educativa en adecuadas condiciones de seguridad e higiene.
- La disposición en el centro educativo de un ambiente que fomente el respeto, el estudio, la convivencia, la solidaridad y la camaradería entre los alumnos y alumnas.
- La confidencialidad de sus datos personales y familiares, de conformidad con la normativa vigente.
Derecho de participación.
Los alumnos y las alumnas tienen derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del Centro, en conformidad con las normas vigentes.
Derecho de asociación.
El alumnado de la Escuela tendrá el derecho a asociarse con los demás miembros de la comunidad educativa (agrupaciones musicales, asociaciones de alumnos de la Escuela, antiguos alumnos, etc.)
8.2. Deberes del alumnado.
Deber de estudio y asistencia a clase.
El estudio es un deber básico de los alumnos, que comporta el desarrollo y provecho de sus aptitudes personales y de los conocimientos que se impartan. La finalidad es que mediante el aprendizaje efectivo de las distintas materias que componen el currículo, los alumnos adquieran una formación integral que les permita alcanzar el máximo rendimiento académico, el pleno desarrollo de su personalidad, la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, la preparación para participar en la vida social y cultural y la capacitación para el ejercicio de actividades musicales.
Este deber básico, que requiere esfuerzo, disciplina y responsabilidad por parte de los alumnos, se concreta en las obligaciones siguientes:
- Tener una actitud activa, participativa y atenta en clase, sin interrumpir ni alterar el funcionamiento normal de las clases.
- Participar en las actividades formativas orientadas al desarrollo del currículo.
- Asistir a la Escuela con el material y utensilios necesarios para participar activamente en el desarrollo de las clases.
- Realizar las tareas mandadas por el profesorado en el ejercicio de sus funciones.
- Realizar el esfuerzo necesario en función de sus capacidades, para comprender y asimilar los contenidos de las distintas asignaturas.
- Respetar el ejercicio del derecho y el deber al estudio de los demás alumnos.
- Respetar el ejercicio del derecho y el deber a la participación en las actividades formativas de los demás alumnos.
- Atender a las explicaciones, manifestar el esfuerzo personal y de superación para obtener el máximo rendimiento.
- Los alumnos y alumnas tienen, igualmente, el deber de asistir a clase con puntualidad y justificar sus ausencias.
Deber de respeto a los demás.
Los alumnos y las alumnas tienen el deber de respetar el ejercicio de los derechos y las libertades de todos los miembros de la comunidad educativa. Este deber se concreta en las obligaciones siguientes:
- Respetar la libertad de consciencia y las convicciones religiosas, morales e ideológicas de los miembros de la Escuela.
- Respetar la identidad, la integridad, la dignidad y la intimidad de todos los miembros de la Escuela.
- Colaborar con el profesorado en su responsabilidad de transmisión de conocimientos y valores.
- Cumplir las normas y seguir las pautas establecidas por el profesorado.
- No discriminar a ningún miembro de la Escuela por razón de nacimiento, raza, sexo, lengua o por cualquier otra circunstancia personal o social.
Deber de respetar las normas de convivencia.
Los alumnos y alumnas tienen el deber de respetar las normas de organización, convivencia y disciplina de la Escuela recogidas en este documento. Este deber se concreta en las obligaciones siguientes:
- Participar y colaborar en la promoción de un ambiente de convivencia escolar adecuado.
- Respetar el derecho de los restantes alumnos de no ser perturbada la actividad educativa.
- Justificar de manera adecuada las faltas de asistencia y de puntualidad. En caso de ser menor de edad, la justificación la realizarán sus padres.
- Utilizar adecuadamente las instalaciones, los materiales y los recursos educativos utilizados en el centro.
- Respetar los bienes y las pertenencias de los miembros de la Escuela.
- Cumplir el reglamento de la Escuela.
- Respetar y cumplir las decisiones de los responsables de la Escuela.
- Cumplir las normas de seguridad, salud e higiene, considerando expresamente la prohibición de fumar y/o llevar y/o consumir bebidas alcohólicas.
- Responsabilizarse de las comunicaciones que se establezcan entre la familia y la Escuela y viceversa.
- Respetar lo establecido respecto al uso y prohibición en la utilización de las nuevas tecnologías, tanto en la actividad académica como cuando no sirvan a fines educativos establecidos. La Escuela no se hará cargo de sustracciones o pérdidas de estos dispositivos
Incumplimiento de las normas de convivencia.
Podrán ser objeto de medidas correctoras o disciplinarias las conductas tipificadas como conductas contrarias a las normas de convivencia de la Escuela y las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro que sean realizadas por alumnos dentro del recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias o extraescolares.
Aplicación de las medidas correctoras y disciplinarias.
Las medidas correctoras y disciplinarias garantizarán el respeto a los derechos de los alumnos y procurarán una mejora en las relaciones de convivencia de todos los miembros de la Escuela.
El tutor o tutora del alumno o alumna tiene el derecho y el deber de imponer las medidas necesarias para paliar las conductas disruptivas de estos alumnos que infrinjan las normas, siendo obligatoria la comunicación de la indisciplina a los padres.
El incumplimiento de las normas de convivencia tendrá que ser valorado considerando la situación del alumnado.
Reparación de daños materiales.
Los alumnos o alumnas que causen, de manera intencionada o por negligencia, daños en las instalaciones o cualquier material de la Escuela, así como a los bienes de los miembros de la comunidad educativa, quedarán obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de la reparación o restablecimiento.
Los alumnos o alumnas que sustraigan bienes de la Escuela tendrán que restituir los bienes o reparar económicamente el valor de estos.
Faltas de asistencia del alumnado en las clases individuales.
Cuando la falta de asistencia de asistencia de un alumno se produzca en una clase individual, sea cual sea el motivo que ha provocado la misma, no tendrá derecho a que le sea recuperada.
Conductas contrarias a las normas de convivencia de la Escuela.
Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia las siguientes:
- Las faltas de puntualidad injustificadas.
- Las faltas de asistencia injustificadas.
- Los actos que alteren el normal desarrollo de las actividades de la Escuela, especialmente los que alteren el normal desarrollo de las clases.
- Los actos de indisciplina.
- Los actos de incorrección o desconsideración, las injurias y ofensas contra los miembros de la Escuela.
- El hurto o el deterioro intencionado de inmuebles, materiales, documentación o recursos de la Escuela.
- El hurto o el deterioro intencionado de los bienes o materiales de los miembros de la Escuela.
- Las acciones que puedan ser perjudiciales para la integridad y la salud de los miembros de la Escuela.
- La negativa sistemática a llevar el material necesario para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.
- La negativa a trasladar la información facilitada a los padres, madres o tutores por parte de la Escuela y viceversa.
- La alteración o manipulación de la documentación facilitada a los padres, madres o tutores por parte de la Escuela.
- La utilización inadecuada de las tecnologías de la información y comunicación durante las actividades que se realicen en la Escuela.
- El uso de teléfonos móviles, aparatos de sonido y otros aparatos electrónicos ajenos al proceso de enseñanza-aprendizaje durante las actividades que se realicen en la Escuela.
- Los actos que dificulten o impidan el derecho y el deber al estudio de los demás compañeros.
- La incitación o el estímulo a cometer una falta contraria a las normas de convivencia.
- La negativa al cumplimiento de las medidas correctoras adoptadas ante conductas contrarias a las normas de convivencia.
- El uso inadecuado de las infraestructuras y los bienes o equipos materiales de la Escuela.
- La desobediencia en el cumplimiento de las normas de carácter propio del Centro.
Competencia para aplicar las medidas educativas correctoras.
Corresponde al director del Centro, favorecer la convivencia y facilitar la mediación en la resolución de conflictos. Al director del Centro le corresponde, igualmente, imponer las medidas educativas correctoras que correspondan a los alumnos. No obstante, tanto profesor como responsable de la Escuela, por delegación del director, podrá imponer las medidas correctoras previstas.
Reiteración de las conductas contrarias a la convivencia.
En aquellos casos en que, una vez llevada a término la corrección oportuna, el alumno o alumna continúe presentando reiteradamente conductas perturbadoras para la convivencia en la Escuela, se creará un comité formado por, al menos, la persona responsable de la Escuela, los profesores implicados y los padres del alumno o alumna, y se dispondrán las medidas correctoras que habrá que tomar.
En el caso de que estas medidas no dieran resultado o los padres del alumno no ofrecieran garantías para que las conductas desaparecieran, la Dirección podría tomar otras medidas que llegaran hasta la expulsión del alumno de la Escuela.
La expulsión de un alumno incluye las consiguientes penalizaciones en cuanto a matrícula y prioridad de turnos, horarios y escolarización.
9. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES, MADRES O TUTORES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.
9.1. Derechos.
Tendrán derecho:
- A ser respetados, recibir un trato adecuado y a ser valorados por la comunidad educativa en el ejercicio de sus funciones.
- Que sus hijos o hijas reciban una educación con la máxima garantía de calidad.
- A conocer los procedimientos establecidos por la Escuela para una adecuada colaboración con ésta.
- A estar informados sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos o hijas.
- A recibir información sobre las normas que regulan la convivencia en la Escuela.
- Que les sean notificadas las faltas de asistencia y retrasos.
- A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y personal de sus hijos o hijas.
- Que les sean notificadas las medidas educativas correctoras y disciplinarias en las que pueden incurrir sus hijos o hijas.
- A presentar por escrito las quejas, reclamaciones y sugerencias que consideren oportunas, relativas tanto al funcionamiento de la Escuela como a las decisiones o medidas adoptadas con sus hijos o hijas.
9.2. Deberes.
A los padres, madres o tutores de los alumnos les corresponde asumir los siguientes deberes:
- Inculcar el valor de la educación en sus hijos y el esfuerzo y el estudio para la obtención del mejor rendimiento académico en el proceso de aprendizaje y la responsabilidad que comporta.
- Asumir la responsabilidad que tienen de cumplir con la escolarización de sus hijos y atender correctamente las necesidades educativas que surjan de la escolarización.
- Colaborar con la Escuela.
- Estar involucrados en la educación de sus hijos a lo largo de todo el proceso educativo.
- Fomentar el respeto de sus hijos hacia las normas de convivencia de la Escuela.
- Fomentar el respeto por todos los miembros de la comunidad educativa.
- Enseñar a sus hijos a cuidar los materiales y las instalaciones de la Escuela y responder de los desperfectos causados por estos.
- Velar por la asistencia y puntualidad de sus hijos.
- Proporcionar a la Escuela la información que sea necesaria conocer por parte del profesorado para el desarrollo de sus funciones.
- Colaborar con el equipo educativo en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos y su desarrollo socioeducativo y emocional, así como en la resolución de conflictos.
- Estimular a sus hijos para que realicen las actividades que les encomienden.
- Participar de manera activa en las actividades que se establezcan para mejorar el rendimiento de sus hijos.
- Respetar y hacer respetar las normas establecidas por la Escuela, la autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado, así como respetar y hacer respetar las normas establecidas por la Escuela en cuanto a trámites administrativos y de entrega de documentación.
10. DERECHOS Y DEBERES DEL PROFESORADO EN EL ÁMBITO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR.
10.1. Derechos del profesorado.
A los profesores y profesoras, dentro del ámbito de la convivencia escolar, se les reconocen los siguientes derechos:
- A ser respetados, recibir un trato adecuado y ser valorados por la comunidad educativa en el ejercicio de sus funciones.
- A recibir la colaboración necesaria por parte de los padres, madres o tutores (en la realización de las tareas escolares en casa, control de asistencia en clase, información necesaria para la adecuada atención del alumnado) para poder proporcionar un adecuado clima de convivencia escolar y facilitar una educación integral a sus hijos e hijas.
- A realizar sus funciones docentes en un ambiente educativo adecuado, donde sean respetados sus derechos.
- A tener autonomía para tomar las decisiones necesarias para mantener un adecuado clima de convivencia durante las clases, asegurando el desarrollo de la función docente, así como durante las actividades complementarias y extraescolares.
- A recibir la ayuda y colaboración de la comunidad educativa para mejorar la convivencia en la Escuela.
- A expresar su opinión sobre el clima de convivencia en la Escuela, así como a realizar propuestas para mejorarlo.
- A tener la consideración de autoridad pública, en el ejercicio de la función docente.
- Formular las propuestas de adquisición de material destinado a su clase, a través de la persona responsable de la Escuela.
10.2. Deberes del profesorado.
Los profesores y profesoras, dentro del ámbito de la convivencia escolar, tienen las siguientes responsabilidades:
- Conocer el Reglamento Interno de la Escuela.
- Respetar y hacer respetar las normas de convivencia de la Escuela.
- Respetar a los miembros de la comunidad educativa y darles un trato adecuado.
- Imponer las medidas correctoras que les corresponda.
- Inculcar a los alumnos el respeto por todos los miembros de la comunidad educativa.
- Fomentar un clima de convivencia en el aula y durante las actividades complementarias que permitan el buen funcionamiento del proceso de enseñanza-aprendizaje.
- Establecer la programación de su docencia.
- Controlar las faltas de asistencia, así como los retrasos de los alumnos e informar de esto a los padres, madres o tutores.
- En caso de sustitución, el profesor elaborará un plan de trabajo que comprenda el periodo de ausencia, de manera que la sustitución interfiera lo mínimo posible en el desarrollo general de las clases.
- Actuar con diligencia y rapidez ante cualquier incidencia relevante en el ámbito de la convivencia escolar, e informar a los padres y a la responsable de la Escuela para que se puedan establecer medidas oportunas.
- Atender a padres, madres o tutores y alumnos cuando estime necesario. Además, deberá de informar por escrito trimestralmente del progreso del alumno mediante los boletines destinados a tal efecto.
- En ningún caso un profesor podrá dejar de cumplir con sus funciones docentes a favor de otras actividades remuneradas.
Procedimiento que hay que realizar en caso de ausencia del profesorado.
El profesorado que por motivo justificado (enfermedad, indisposición, etc.) no asista a clase lo notificará al Equipo Directivo.
Si son clases individuales, el profesor no tiene la obligatoriedad de recuperarla. Si la falta es por motivos personales, sí que se tendrá la obligación de recuperar la clase.
Para las faltas en las clases colectivas, en la medida de los posible, se buscará un sustituto para dichas clases.
- Clases de instrumento: el profesorado informará de la ausencia al alumnado afectado. En caso de acudir un sustituto para estas clases, el profesorado está igualmente obligado a notificarlo al alumnado y, por supuesto, a Dirección, antes de que esto suceda.
- Clases colectivas: Desde la Escuela se notificará al alumnado mediante correo electrónico y/o con un cartel informativo en la puerta de la clase.
Cuando los profesores deban recuperar alguna clase fuera de su horario normal, consultarán previamente en el archivo de aulas la disponibilidad de aulas y realizarán la reserva correspondiente, informando del horario que han acordado a la dirección del centro.
Tanto el profesor como el alumno (o los padres del mismo, en caso de ser éste menor de edad), deben rellenar un formulario de la recuperación de la clase para que haya constancia de que ésta se ha producido.
Qué esperamos del profesorado. Funciones.
El profesorado, pieza esencial de nuestra organización y responsable último del cumplimiento del trabajo educativo, ha de cumplir su función con la vocación y la profesionalidad necesarias para la aplicación de este reglamento.
El profesorado se ha de implicar en la dinámica general de la Escuela, lo cual supone:
- Colaborar con el equipo directivo y con todos los miembros de la Escuela.
- Planificar el proceso de enseñanza-aprendizaje de los respectivos grupos de alumnos por medio de la participación activa en las coordinaciones didácticas, reuniones de profesores, claustros, así como redactar y revisar las programaciones didácticas y otros documentos que les sean requeridos desde Dirección.
- Coordinar las sesiones de evaluación correspondientes a los alumnos a su cargo.
- Rellenar los boletines de calificaciones y entregarlos a los alumnos y/o padres de alumnos, en la manera que la Dirección estime oportuna.
- Informar en lo referente al calendario escolar, audiciones, matriculaciones, y demás noticias de interés para el alumnado.
- Ejercer la acción de tutor, preocupándose de todo aquello que tenga que ver con los alumnos, para orientarlos y ayudarlos en la medida de lo posible.
- Informar y orientar a los padres, madres o tutores de la evolución de sus hijos y colaborar con ellos.
- Instar a los alumnos a cumplimentar el alta o baja en la Escuela, recordando que no pueden impartir clases hasta que no haya sido formalizada la matrícula.
- Preparar las audiciones de Navidad y de Final de curso, además de facilitar los programas de dichas audiciones a dirección.
- Ordenar el aula al finalizar su jornada escolar, revisando las luces, aparatos eléctricos, etc.
- Informar con antelación en Conserjería cualquier cambio en su horario lectivo, puesto que estos cambios implican la reestructuración de las demás clases y asignaturas. Estos cambios podrán realizarse siempre y cuando exista disponibilidad de aulas.
- Facilitar sus datos personales a la Escuela, mediante la ficha de recogida de datos que se encuentra en Conserjería.
- Participar en todas las actividades planificadas por la Escuela. Esto incluye asistir a las audiciones si éstas coinciden con su horario lectivo, aunque sus alumnos no saliesen ese día.
- Participar en las actuaciones planificadas por la Banda Sinfónica.
- Contribuir a mejorar el clima de la Escuela.
11. DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL NO DOCENTE EN EL ÁMBITO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR.
11.1. Derechos.
El personal no docente tendrá los siguientes derechos:
- A ser respetados, recibir un trato adecuado y a ser valorados por la comunidad educativa en el ejercicio de sus funciones.
- A colaborar con la Escuela para establecer un buen clima de convivencia.
11.2. Deberes.
El personal no docente tendrá los siguientes deberes:
- Colaborar con la Escuela para establecer un buen clima de convivencia.
- Utilizar las tecnologías de la información y comunicación para fines estrictamente relacionados con su trabajo.
- Velar por el buen uso de los materiales y dependencias de la Escuela.
- Comunicar a la dirección todas las incidencias que perjudiquen la convivencia en la Escuela.
Aprobado en Junta el día 14 de junio de 2011. Revisado en fecha de 30 de agosto de 2022.